Defensa de senador Félix Bautista pide a tribunal declarar nula acusación en su contra

Por: Ramón Cruz Benzán

La defensa del senador Félix Bautista solicitó hoy al juez de la instrucción especial de la Suprema Corte de Justicia, declarar nula la acusación presentada por el Ministerio Público en su contra y otras seis personas.
Al pedimento, presentado al juez Alejandro Moscoso Segarra,  también se sumaron la defensa de los imputados Soraida Abreu Martínez, José Elías Hernández García, Bolívar Antonio Rodríguez, Carlos Manuel Ozoria Martínez, Grissel Aracelis Soler Pimentel y Bienvenido Apolinar Medina.
Los abogados Marino Feliz Rodríguez, Ramón Emilio Núñez, Pedro Balbuena, Manuel Ulisse Bonelly, Francisco Álvarez, Ibo René Sánchez Díaz, Abel Rodríguez del Orbe, Jorge Lora Castillo y Carlos Olivares hicieron dicho pedimento alegando que el Ministerio Público no cumplió con los requisitos establecidos por la ley.
El abogado Núñez sostiene que no existe una resolución del Senado de la República, autorizando al Ministerio Público para procesar al legislador por San Juan de la Maguana  y secretario de organización del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
En ese sentido, pidió que se declare nula la acusación penal presentada por el Ministerio Público y todo el proceso investigativo que le precedió, por no haber provisto el Procurador la autorización congresual establecido por la Constitución de la República.
Mientras que Feliz Rodríguez señala que ningún senador o diputado podrá ser privado de su libertad durante la legislatura, sin la autorización de la cámara a que pertenezca, salvo el caso de que sea aprehendido en el momento de la comisión de un crimen.
Manifestó que de acuerdo al artículo 87 de la Carta Magna, la inmunidad parlamentaria consagrada en el artículo 86, no constituye un privilegio personal del legislador, sino una prerrogativa de la cámara a que pertenece y no impide que al cesar el mandato congresual puedan impulsarse las acciones que procedan en derecho.
Destacó que cuando la cámara recibiere una solicitud de autoridad judicial competente, con el fin de que le fuere retirada la protección a uno de sus miembros, procederá de conformidad con lo establecido en su reglamento interno y decidirá al efecto en un plazo máximo de dos meses desde la remisión del requerimiento.
Sánchez Díaz pidió al tribunal el levantamiento de la nota de advertencia, colocada por el Procurador a los bienes de la inmobiliario Rofi, de la cual el senador es accionista y tercero en adquiriente.
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